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Checa si tu escuela particular tiene RVOE

Preguntas frecuentes acerca del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), para el nivel Medio Superior

¿Qué es el RVOE?

Es el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) que se otorga a las Escuelas Particulares para ofrecer planes y programas de estudio registrados por la autoridad federal, y se otorga mediante solicitud y cumplimiento de los requisitos respectivos ante la autoridad educativa federal, basados en el Acuerdo Secretarial número 450 por el que se establecen los “Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día 16 de diciembre de 2008.

¿Quién lo otorga?

Lo otorga la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de sus diferentes Direcciones:

¿Cuáles son los criterios para el Retiro del RVOE?

El retiro de un RVOE se basa en el Acuerdo Secretarial # 450, en su Título V “Del retiro del reconocimiento”, Capítulo I “De las causas de retiro del reconocimiento” artículos 113, 114, y del Capítulo II “De los efectos del retiro del reconocimiento” artículo 115, que a la letra dicen:

Artículo 113.- El retiro del reconocimiento procederá en los supuestos siguientes:

I. A petición del particular, o
II. Por sanción impuesta por la autoridad educativa federal por incumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Acuerdo o demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.

Artículo 114.- En el caso de que el retiro del reconocimiento sea a solicitud del particular, éste deberá obtener previamente de la autoridad educativa federal lo siguiente:

I. Constancia de entrega del archivo relacionado con el acuerdo de incorporación objeto de retiro;
II. Constancia de que no quedaron periodos inconclusos, y
III. Constancia de que no quedaron pendientes responsabilidades relacionadas con la administración escolar.

Las constancias a que se refieren las fracciones anteriores serán emitidas por la autoridad educativa federal.

Una vez que el particular obtenga las constancias a que se refiere este artículo y entregue los sellos oficiales correspondientes, podrá tramitar el retiro del reconocimiento.

En un plazo no mayor a treinta días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de retiro del reconocimiento, deberá emitirse la resolución correspondiente.

En caso de documentación faltante o incorrecta, se prevendrá al particular para que corrija las omisiones en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación respectiva.

De no cumplir el particular con la prevención, se desechará de plano la solicitud y se procederá a revisar las irregularidades en que haya incurrido.

De resultar alguna infracción a las disposiciones legales o administrativas, la autoridad educativa federal impondrá las sanciones que correspondan.

Artículo 115.- El retiro del reconocimiento surtirá efectos a partir de la fecha que se indique en la resolución. Los estudios realizados mientras la institución contaba con reconocimiento, mantendrán su validez oficial.

En todo caso, al momento de dictar la resolución de retiro del reconocimiento la autoridad educativa federal dictará las medidas que sean necesarias para evitar perjuicios a los educandos.

El particular que imparta estudios que hayan sido objeto de retiro del reconocimiento deberá cumplir lo previsto en el Capítulo siguiente.”

Por qué puede retirarse el RVOE?

Según el Acuerdo Secretarial # 450 en su artículo 113 que dice:

"Artículo 113.- El retiro del reconocimiento procederá en los supuestos siguientes:

  1. I. A petición del particular, o
  2. II. Por sanción impuesta por la autoridad educativa federal por incumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Acuerdo o demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables."

En todos los casos la SEMS determina medidas para evitar perjuicios a los educandos.

¿Dónde puedo consultar el RVOE?

En la página http://sirvoems.sep.gob.mx

Última modificación:
Miércoles 23 de diciembre de 2015 a las 15:12:30 por oficina de enlace de comunicación de la SEMS Regresar a los atajos accesibles